Se hace de conocimiento a los directores, APAFAS, diferentes autoridades de distritos y comunidades que esta terminantemente prohibido transferir terrenos, infraestructura, alquilar locales educativos, intercambiar propiedades entre niveles educativos o disponer bienes diversos

Pues son bienes estatales y estos actos de disposición de bienes estatales y el único ente competente que puede ejecutar estos actos es el ente rector, amparado mediante ley N° 29151 ley general del sistema nacional de bienes estatales y la directiva 001-2015/SBN aprobada mediante resolución N 046-2015/SBN donde señala que los bienes estatales tienen la única finalidad de servir al sistema educativo.

Por lo tanto se exhorta a las autoridades educativas y locales no ejecutar estos actos pues constituye delito pena, de existir instituciones educativas que hayan realizado este acto se invita a solicitar asesoría en la sede UGEL CUTERVO, tanto en la oficina de asesoría jurídica o la oficina de patrimonio

UGEL Cutervo Contribuyendo a la formalización de la propiedad Educativa Estatal

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